Al igual que hicimos en nuestro artículo anterior sobre el conocimiento marítimo, en esta ocasión, os daremos una breve explicación sobre el conocimiento aéreo, sus principales funciones y normativa.
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La normativa básica del transporte internacional
efectuado por vía aérea se encuentra contenida en el Convenio de Varsovia de
1929. Se han producido tres revisiones posteriores en La Haya (1955), Guatemala
(1971) y Montreal (1975).
Los conocimientos aéreos, también conocidos en
terminología inglesa, como “air way bill”
están redactados por IATA (International Air Transport Association) organismo
de carácter privado que agrupa la gran mayoría de compañías aéreas.
Las principales funciones de los conocimientos aéreos
son:
· Dar fe, salvo prueba en
contrario, del contrato de transporte
· Acuse de recibo del
transportista que la mercancía se le ha entregado para su transporte
· Servir como carta de
instrucciones para la manipulación y cuidados que se deben dispensar a la
mercancía.
· Justificante del importe
de los fletes
· Constituye una declaración
para el despacho de Aduanas
· Servir de certificado de
Seguro en caso de declaración de valor
· Prueba de recepción de la
mercancía por el destinatario
· Dar fe de los datos de
peso, dimensiones y embalaje de las mercancías así como del número de bultos
A
diferencia del conocimiento de embarque marítimo, el Conocimiento Aéreo no
representa la propiedad de la mercancía, de ahí que no es negociable, ni
intrasmisible, ni endosable. Es un documento siempre nominativo. La mercancía
se le entrega por tanto al que figura como destinatario de la mercancía, sea su
propietario o no.
Cada
conocimiento está compuesto por un juego de tres originales y como mínimo cinco
copias distribuidas de la siguiente forma:
Original 1:
Línea aérea
Original 2:
Destinatario
Original 3:
Expedidor
Copia
4: Firma del destinatario cuando el transportista le entrega la mercancía
Copia 5: Aeropuerto de destino
Copia 6,7:
Para los sucesivos transportistas aéreos
Copia 8:
Para el Agente de carga aérea
APR es agente IATA desde el año 1977 y nuestros
departamentos aéreos de Barcelona, Madrid, Bilbao o Valencia están en
disposición de ocuparse de todos vuestros envíos a cualquier aeropuerto del
mundo.
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